Fechas:
25 de octubre, martes
Videoconferencia
Horario:
de 17:00 a 20:00 h.
Precio especial para socias/os
El 26 de noviembre de 2019 se publicó la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 2019/1937 de protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, el llamado “whistleblower”, dicha Directiva garantiza la protección de los denunciantes o informantes de prácticas irregulares en el seno de las organizaciones en las que prestan servicios.
Las entidades jurídicas públicas y privadas de 50 o más trabajadores o aquellas que sean requeridas debido a su actividad y el correspondiente nivel de riesgo particular, por ejemplo, entidades relacionadas con la protección del medio ambiente y la salud pública, tienen que tener canales de denuncia interna y de seguimiento de las mismas desde el pasado 17 de diciembre de 2021.
En España todavía no se ha dictado una Ley transponiendo la citada Directiva (circunstancia por la que se ha abierto un procedimiento sancionador por parte de la Comisión Europea), pero tenemos un anteproyecto de ley que nos permite ver los requisitos que el legislador español va a imponer tanto a empresas como a entidades públicas a la hora de configurar sus canales internos de denuncias, destacando obligaciones como la designación obligatoria de un Delegado de Protección de Datos o la necesidad de que un directivo de la empresa sea el responsable del sistema interno de denuncias.
Además, el anteproyecto crea una Autoridad de control denominada Autoridad Independiente de Protección del Informante con potestad supervisora y sancionadora ante el incumplimiento de esta normativa, pudiendo llegar las multas a los 300.000 euros en el caso de personas físicas y al 1.000.000 de euros en el caso de personas jurídicas.
Para aclarar el alcance de esta directiva, las obligaciones que impone y el contenido del anteproyecto de ley español se organiza la presente sesión donde contaremos los aspectos más relevantes a tener en cuenta a la hora de implantar un canal de denuncias y veremos de forma práctica como implementar un canal de denuncias cumpliendo con la normativa que previsiblemente estará en vigor antes de finalizar 2022.
PROGRAMA
- Antecedentes legislativos.
- Ámbito de aplicación de la Directiva 2019/1937/UE.
- El Anteproyecto de Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
- Sistemas de denuncias internas.
- Sistemas de denuncias externas.
- Diseño de los canales de denuncias.
- Canales de denuncias y protección de datos.
- Medidas de protección para los denunciantes.
- Ejemplo práctico de implantación de un canal de denuncias.
INFORMACIÓN GENERAL
Dirigido a:
Entidades públicas y privadas que se vean afectados por las obligaciones impuestas por esta normativa comunitaria.
Fechas:
25 de octubre, martes
Número de sesiones:
1
Horario:
de 17:00 a 20:00 h.
Número de horas:
3
Elige la modalidad que mejor se adapte a ti:
Videoconferencia*
Aula virtual, Zoom
Inscripciones:
Socios/as:
75 €
No socios/as:
200 €